La Biblioteca Nacional de España quiere custodiar los videojuegos

La institución propone una reforma de la norma que regula el depósito legal para que contemple los nuevos formatos de creación digital.

Ana Santos, directora de la Biblioteca Nacional. JAIME VILLANUEVA

Las instituciones del ayer pugnan por dar su espacio a la cultura de hoy. La Biblioteca Nacional de España (BNE), creada hace más de tres siglos para albergar el conocimiento (impreso), está adaptándose a marchas forzadas a la actual realidad tecnológica. El nuevo paso que pretende dar aspira a incorporar a su legado la conservación de videojuegos o sitios web, como figura en la propuesta que la directora de la institución, Ana Santos, ha enviado a Javier García Fernández, subsecretario en funciones del Ministerio de Cultura y Deporte. También plantea incluir la regulación de la conservación de carteles de propaganda electoral y marcapáginas, entre otros formatos, a partir de la reforma de la ley de depósito legal de 2011.

Además, la nueva ley renunciará al almacenamiento de las antiguas microformas (también pasatiempos, crucigramas, sudokus y sopas de letras). “Los videojuegos serán bien de interés cultural [BIC] en el futuro, porque tienen un valor cultural importantísimo como creación artística”, afirma Ana Santos, directora de la BNE.

De momento, la institución no puede conservarlos porque la ley de depósito legal obliga a entregar copias a la BNE solo a los editores españoles y en España se editan pocos, aunque la mano de obra sea española. Pero apunta que están en conversaciones con la Asociación Española de Videojuegos para encontrar la manera de no perder ese patrimonio. “Aunque quizá ahora no les demos mucho valor, son nuevos materiales que debemos conservar”, comenta la directora. Cuando Santos tuvo noticias de la intención del Ministerio de Cultura de reformar la ley de patrimonio histórico de 1985, movilizó a los suyos para desarrollar un borrador que incluyese capítulos dedicados al patrimonio bibliográfico más específicos y amplios. En ellos se refundirán las leyes que en estas tres décadas han surgido para hacer frente a las nuevas necesidades. Fundamentalmente la del depósito legal electrónico, de 2015. “Debemos adaptar la ley del 85 a la realidad actual, es decir, a los distintos tipos de colecciones patrimoniales que recibe la BNE, incluido el patrimonio digital”, cuenta la directora, que señala el interés por adaptar las leyes y seguir trabajando para el futuro, conservando el presente.

Santos lamenta los escasos medios que tiene la institución para conservar el conocimiento digital, pero se felicita por el rendimiento que ha dado la creación de especialistas llamados “conservadores web”, repartidos por toda la geografía española. Son los responsables de determinar el interés. Seleccionan y comunican a la BNE lo que quieren guardar. “Estos equipos ayudan a dar coherencia a las colecciones, porque definen qué es lo que interesa conservar”, indica la directora.

Esta es una parte esencial de la nueva redacción de la ley para la conservación de este patrimonio: las comunidades autónomas serán las que decidan qué sitios web y qué recursos capturarán y depositarán para ser conservados y difundidos. La BNE ya no tendrá exclusividad en la inspección y conservación del depósito legal, con lo que ahorra en recursos y da margen de actuación a otros centros. El criterio es “lograr la mejor representatividad del mundo de Internet”.

También apuntan novedades en la conservación de libros si se aceptan los cambios en la ley. Además de dos ejemplares de las primeras ediciones de cada título publicado en España, el editor depositaría en el servidor de la BNE igualmente el ejemplar digital.

Estos títulos digitales estarán a disposición del público. La Biblioteca Nacional de España “podrá facilitar la consulta de las publicaciones en soporte digital a través de las bibliotecas regionales de las distintas comunidades autónomas utilizando medios seguros de acceso”, dice el nuevo texto del artículo 10.

En la propuesta para la nueva redacción de la ley de depósito legal se plantea, para el apartado 2 del artículo 9 relacionado con el cine, que la Filmoteca Española reciba los originales de cada producción, “en versión original, de toda película cinematográfica, documental o de ficción”, realizada por un productor con domicilio en España. Es una medida consensuada con la directora del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), Beatriz Navas. “Tienen que estar en una institución pública”, sostiene Ana Santos.

De hecho, el pasado diciembre el grupo Unidas Podemos registró una proposición no de ley con medidas para evitar la desaparición del patrimonio cinematográfico. Propuso al Gobierno la creación del bien de interés cultural audiovisual (BICA) y una ampliación y desarrollo del capítulo dedicado al cine en la ley de patrimonio histórico, porque “la ley carece de una figura de protección específica para la correcta salvaguarda del cine”, aseguraban desde el grupo político.

CREATIVIDAD EN ALZA CONSTANTE

En 2018, la cosecha de ingresos por depósito legal en la BNE fue notable. El incremento en todas las modalidades es el reflejo de una actividad creativa incesante: 127.843 ejemplares de libros (un 17,14% más); 5.556 ejemplares de audiovisuales (un 44,2% más); 27.010 partituras (un 150,8% más); 6.501 registros sonoros (un 61,6% más). Es muy llamativo el número de documentos ingresados por donación: de 60.216, en 2017, a 256.388, en 2018 (un 325,8% más). También crecieron los usuarios en las salas y las visitas a la BNE: 96.954 personas. Curiosamente, los préstamos en sala caen de los 199.066 a 190.460. Y no cesan de crecer los documentos digitales descargados en la Biblioteca Digital Hispánica: de 4,9 millones en 2014 han pasado a 6,2 millones en 2018 (un crecimiento del 27,5%).

CRONOLOGÍA DE TRES SIGLOS DE MEMORIA

Una ley de 2011. El depósito legal es la obligación de entregar ejemplares de las publicaciones de todo tipo, reproducidas en cualquier soporte, en la BNE (o en la red de bibliotecas que colaboran con la institución). La actual ley ya incorporó un primer acercamiento a las nuevas formas de edición debidas a la incorporación de tecnologías y a la llegada de Internet.

Los sitios web, regulados en 2015. Un nuevo real decreto consideró por primera vez objeto de depósito legal los sitios web y las publicaciones en línea. La norma consideraba que son objeto de depósito legal todo tipo de sitios web y las publicaciones en ellos contenidas, siempre que contengan patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual o digital de las culturas de España.

La recolección digital. Los encargados de determinar qué sitios web y qué recursos son los que se almacenan son la Biblioteca Nacional de España, que es el centro de conservación de ámbito estatal, y los centros de conservación de las comunidades autónomas.

El precedente del depósito legal. Fundada por Felipe V a finales de 1711, no abrió sus puertas hasta marzo de 1712 como Real Biblioteca Pública. Según explica en su página web, por un privilegio real, precedente del actual depósito legal, los impresores debían depositar un ejemplar de los libros impresos en España. En 1836, la institución dejó de ser propiedad de la Corona y pasó a depender del Ministerio de la Gobernación. Fue entonces cuando recibió por primera vez el nombre de Biblioteca Nacional.

Tres siglos de custodia. La Biblioteca Nacional custodia más de 34 millones de contenidos producidos en España desde comienzos del siglo XVIII. El material es de muy diverso tipo, aunque alrededor de la mitad son libros.

Casi medio millón de ingresos. En 2018 entraron en la institución, por depósito legal, 454.886 ejemplares, una cifra mayor que la del año anterior, que rondaron los 410.000.

Fuente: El País

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