Excepciones al aislamiento obligatorio: se podrán vender libros por Internet y entregarlos a domicilio
La decisión administrativa 490, que amplió el listado de actividades y servicios exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio para evitar el contagio del virus COVID-19, habilitó la venta por Internet de libros y su entrega a domicilio.
La norma, que aumentó la cantidad de actividades que pueden funcionar en el marco de lo establecido en el artículo 6, inciso 22, del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20, incluye en el punto 7 la “venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público”.
Este apartado incluye a la venta de libros por Internet, aunque no permite la apertura de los locales a la calle de las librerías.
Para que las personas relacionadas con estas actividades puedan realizar las entregas a domicilio deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” (CUHC).
El CUHC será personal e intransferible y deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/ y tendrá que exhibirlo para circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.
Fuente: Argentina
VÉASE ADEMÁS:
Medidas para PyMEs por el Coronavirus
La norma, que aumentó la cantidad de actividades que pueden funcionar en el marco de lo establecido en el artículo 6, inciso 22, del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20, incluye en el punto 7 la “venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público”.
Este apartado incluye a la venta de libros por Internet, aunque no permite la apertura de los locales a la calle de las librerías.
Para que las personas relacionadas con estas actividades puedan realizar las entregas a domicilio deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” (CUHC).
El CUHC será personal e intransferible y deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/ y tendrá que exhibirlo para circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.
Se incorporó la venta de libros, artículos de librería e insumos informáticos al listado de actividades y servicios exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
La comercialización será únicamente bajo la modalidad de entrega a domicilio y quienes la realicen deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” (CUHC).
Fuente: Argentina
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Medidas para PyMEs por el Coronavirus
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