Excepciones al aislamiento obligatorio: se podrán vender libros por Internet y entregarlos a domicilio

La decisión administrativa 490, que amplió el listado de actividades y servicios exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio para evitar el contagio del virus COVID-19, habilitó la venta por Internet de libros y su entrega a domicilio.



La norma, que aumentó la cantidad de actividades que pueden funcionar en el marco de lo establecido en el artículo 6, inciso 22, del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20, incluye en el punto 7 la “venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público”.

Este apartado incluye a la venta de libros por Internet, aunque no permite la apertura de los locales a la calle de las librerías.

Para que las personas relacionadas con estas actividades puedan realizar las entregas a domicilio deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” (CUHC).

El CUHC será personal e intransferible y deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/ y tendrá que exhibirlo para circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.

Se incorporó la venta de libros, artículos de librería e insumos informáticos al listado de actividades y servicios exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
La comercialización será únicamente bajo la modalidad de entrega a domicilio y quienes la realicen deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” (CUHC).

Fuente: Argentina



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